La Organización Internacional de la Viña
y el Vino es una organización intergubernamental, es decir, compuesta
por Estados miembros.
El Acuerdo del 3 de abril de 2001,
firmado por 35 Estados soberanos, fue sometido a diversos procedimientos
internos (aprobación, aceptación o ratificación) y entró en vigor el 1
de enero de 2004 después del depósito del 31er instrumento de
ratificación.
A 1 de octubre de 2011, la Organización
Internacional de la Viña y el Vino está compuesta por 45 Estados
miembros, a los cuales se agregan en calidad de Estados observadores los
antiguos miembros de la Oficina Internacional de la Viña y el Vino.
Estados Miembros
| Allemania Argelia Argentina Australia Austria Belgica Bosnia-Herzegovina Brasil Bulgaria Checa, Républica Chile Chipre Croacia Eslovaquia Eslovenia |
España Finlandia Francia Georgia Grecia Hungría India Irlanda Italia Israel Líbano Luxemburgo ARY Macedonia Malta Marruecos |
Moldavia Montenegro Noruega Nueva Zelanda Países Bajos Perú Portugal Rumania Rusia Serbia Sudáfrica Suecia Suiza Turquía Uruguay |
Observadores
El Acuerdo internacional del 3 de abril
de 2001 permite igualmente a ciertos territorios y organizaciones
asistir a los trabajos de la OIV en calidad de observadores:
- AIDV - Asociación Internacional de Juristas de Derecho de la Viña y el Vino
- Academia Internacional Amorim
- AREV - Asamblea de las Regiones Europeas Vitícolas
- AUIV - Asociación Universitaria Internacional del Vino y de los Productos de la Viña
- CERVIM - Centro di Ricerche, Studi e Valorizzazione per la Viticoltura Montana
- FIVS - Federación Internacional de los Vinos y Bebidas espirituosas
- OENOPPIA - Oenological Products and Practices International Association
- UIOE - Unión Internacional de Enólogos
- VINOFED - Federación Mundial de los Grandes Concursos Internacionales de vinos y Bebidas espirituosas
- Yantaï (China), ciudad-prefectura
OIV - Misión
Dentro del campo de sus competencias, los objetivos de la Organización Internacional de la Viña y el Vino son los siguientes :
a) indicar a sus miembros las medidas
que permitan tener en cuenta las preocupaciones de los productores,
consumidores y demás actores del sector vitivinícola;
b) asistir a las otras organizaciones
internacionales intergubernamentales y no gubernamentales, en
particular a las que tienen actividades normativas;
c) contribuir a la armonización
internacional de las prácticas y normas existentes y, cuando sea
necesario, a la elaboración de nuevas normas internacionales a fin de
mejorar las condiciones de elaboración y comercialización de los
productos vitivinícolas, tomando en cuenta los intereses de los
consumidores.
Con el fin de alcanzar estos objetivos, la Organización Internacional de la Viña y el Vino tiene las atribuciones siguientes :
- promover y orientar las investigaciones y experimentaciones científicas y técnicas;
- elaborar, formular
recomendaciones y hacer un seguimiento de su aplicación de común acuerdo
con sus miembros, sobre todo en las siguientes materias: las
condiciones de producción vitícola, las prácticas enológicas, la
definición y/o la descripción de los productos, el etiquetado y las
condiciones de puesta en el mercado, los métodos de análisis y de
apreciación de los productos derivados de la vid;
- someter a sus miembros las
propuestas relativas a: la garantía de autenticidad de los productos
derivados de la vid, sobre todo cara a los consumidores y en particular
en cuanto a las menciones de etiquetado, la protección de las
indicaciones geográficas y en particular de las áreas vitivinícolas y
las denominaciones de origen, designadas por nombres geográficos o no,
que les son asociados, en la medida en que no cuestionan los acuerdos
internacionales en materia de comercio y propiedad intelectual, la
mejora de los criterios científicos y técnicos de reconocimiento y
protección de las obtenciones vegetales vitivinícolas;
- contribuir a la armonización y la
adaptación de la normativa por sus miembros o, si es necesario, al
reconocimiento mutuo, en lo que se refiere a las prácticas que entran en
el ámbito de sus competencias
- participar en la protección de la
salud de los consumidores y contribuir a la seguridad sanitaria de los
alimentos: a través de la vigilancia científica especializada, que
permite evaluar las características propias de los productos derivados
de la vid; promoviendo y orientando las investigaciones sobre las
características nutricionales y sanitarias apropiadas; a través de la
difusión de la información resultante de dichas investigaciones a los
profesionales de la medicina y la salud.








